Según el artículo 12 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, referente a la Auditoría externa: Los estados financieros del Banco de Guatemala deberán ser dictaminados y certificados anualmente por una firma de auditoría externa de reconocida experiencia y reputación, para cuyo efecto la Junta Monetaria autorizará la contratación de la misma.
Por otra parte, el Banco de Guatemala, con base en lo dispuesto en el artículo 62 de su ley orgánica, publica, como mínimo una vez al año, los estados financieros, la posición de los activos de reserva, los pasivos y los compromisos en divisas, verificados por auditor independiente. Esta información la puede encontrar en el apartado Estados Financieros.